SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2015-S3
Fecha: 11-Jun-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se dispuso su detención preventiva por Resolución de 18 de agosto de 2014, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra a instancia de Desiree Romero Saravia, por la presunta comisión del delito de estafa, con el argumento de no haberse desvirtuado la previsión de los arts. 234.1.2 y 8) y 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
El 27 de agosto de 2014, planteó recusación contra la Jueza ahora demandada; empero, hasta la fecha -de presentación de la presente acción- no fue resuelta la misma, incurriendo en retardación de justicia: por otro lado, el 1 de septiembre de 2014, solicitó a la autoridad demandada señale audiencia de cesación a la detención preventiva, la cual tampoco fue resuelta, vulnerándose el derecho de petición ligado al principio de celeridad procesal, y los derechos al debido proceso y a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- el acto que vulnera el debido proceso se constituye en la causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad,
- en lugar de activar inmediatamente la acción libertad, decide voluntariamente, realizar una nueva petición ante la autoridad ordinaria, tendiente a un nuevo análisis y reconsideración de su situación jurídica, sea mediante una solicitud de modificación, sustitución, cesación de detención preventiva, etc., y la misma está en trámite, en esos casos, ya no es posible acudir a la jurisdicción constitucional impugnando la primera o anterior resolución judicial,
- entre tanto que los secretarios, actuarios y oficiales de diligencias, no tienen facultades jurisdiccionales sino que están obligados a cumplir las órdenes o instrucciones del Juez, emergentes de sus decisiones,
- CONFIRMAR