SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2015-S3

Fecha: 11-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se dispuso su detención preventiva por Resolución de 18 de agosto de 2014, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra a instancia de Desiree Romero Saravia, por la presunta comisión del delito de estafa, con el argumento de no haberse desvirtuado la previsión de los arts. 234.1.2 y 8) y 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

El 27 de agosto de 2014, planteó recusación contra la Jueza ahora demandada; empero, hasta la fecha -de presentación de la presente acción- no fue resuelta la misma, incurriendo en retardación de justicia: por otro lado, el 1 de septiembre de 2014, solicitó a la autoridad demandada señale audiencia de cesación a la detención preventiva, la cual tampoco fue resuelta, vulnerándose el derecho de petición ligado al principio de celeridad procesal, y los derechos al debido proceso y a la libertad.