SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2015-S3

Fecha: 11-Jun-2015

comprendiendo que el auto de 21 de julio de 2014 no fue apelado y, es aquel último que debe ser observado para fines de cualquier resolución posterior

Solicitó se conceda la tutela y se disponga el cese de la forma indebida de procesarle y privarle de libertad; consecuentemente, se deje sin efecto el Auto de 4 de diciembre de 2014 y se disponga que los Vocales demandados emitan nuevo Auto de Vista, debidamente fundamentado y motivado, “…comprendiendo que el auto de 21 de julio de 2014 no fue apelado y, es aquel último que debe ser observado para fines de cualquier resolución posterior” (sic).