SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2015-S3

Fecha: 11-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de abuso sexual con agravante -arts. 310 y 312 del Código Penal (CP)-, los Vocales demandados, en alzada, dictaron el Auto de Vista de 4 de diciembre de 2014, revocando la Resolución de primera instancia que dispuso la cesación de su detención preventiva, sin la debida fundamentación ni motivación, refiriéndose al art. 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), siendo que no fue objeto de la apelación, desconociendo lo señalado en el Auto de 21 de julio de igual año, sobre dicho riesgo, el cual ya se encontraba ejecutoriado, por cuanto, no fue apelado. Generando de esta forma un nuevo criterio, retrotrayendo actuados procesales y razonamientos que en su momento no fueron tomados en cuenta.