SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

concedió

El Juez Primero de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 11 de enero de “2014”, cursante de fs. 31 a 35 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la inmediata libertad de los accionantes; y, “dejando sin efecto la resolución 09.01/2.015 por la que se dispuso la aplicación de la detención preventiva” (sic), ordenando a la Jueza demandada emita un nuevo fallo de aplicación de medidas cautelares, de conformidad a la Resolución que dicto; bajo los siguientes fundamentos: i) Que la autoridad demandada de forma directa y sin la presencia de otra Jueza Técnica dictó resolución de detención preventiva; ii) No revistió los antecedentes del acta de aplicación de medidas sustitutivas; iii) No concedió el uso de la palabra a los abogados de la defensa a fin de oponerse a la su determinación, solo les otorgo la palabra para impugnar el Auto que disponía su detención preventiva; vi) Incurrió en vulneración de los derechos fundamentales de los imputados al ordenar su detención preventiva, directamente sin justificar la concurrencia de los requisitos exigidos por el 233 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, vi) Debió revocar la medida sustitutiva previamente y luego fundamentar la imposición de la detención preventiva estableciendo claramente la concurrencia de cada uno de los requisitos establecidos en los arts. 233, 234, 235 del CPP.