SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0654/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0654/2015-s2

Fecha: 10-Jun-2015

III.1.  Las decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal deben ser: tramitadas; resueltas; y, efectivizadas con celeridad

           Esta línea jurisprudencial desarrollada con este tipo de acción de libertad (traslativa o de pronto despacho), es la que establece que todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas (SC 0224/2004-R de 16 de febrero) y efectivizadas (SC 0862/2005-R de 27 de julio) con la mayor celeridad, en atención al bien jurídico protegido”.