SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0658/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0658/2015-S2

Fecha: 10-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del fenecido proceso de divorcio y posterior división y partición de bienes, que le siguió Rossy Palma Maquina, la Jueza Tercera de Partido de Familia, expidió mandamiento de apremio para efectivizar el pago de asistencia familiar devengada en favor de sus hijos, por la suma de Bs167 750.- (ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta bolivianos), sin percatarse de la existencia de actos nulos, pues dio curso a la liquidación de asistencia familiar efectuada por la actora siendo que su hija mayor Jhoselin Sthefany Aquino Palma, ya contaba con 18 años de edad, sin que ésta se haya apersonado u otorgado poder para su representación; asimismo, sin habérsele notificado personalmente con la liquidación y la conminatoria de pago; se ejecutó un mandamiento de apremio que se encontraba caducado por determinación del art. 182 del Código de Procedimiento Penal (CPP). Las infracciones a la ley que derivaron en su privación de libertad, fueron puestas en conocimiento de la autoridad demandada mediante memorial de 8 de diciembre de 2014, en el cual, solicitó que se restituya inmediatamente su derecho a la libertad; sin embargo, la autoridad ahora demandada, a la fecha de la presentación de la presente acción, no se pronunció vulnerando el principio de celeridad y evitando la restitución inmediata de su libertad.