SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0659/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0659/2015-S2

Fecha: 10-Jun-2015

II.3.

II.3.  Según el acta de la audiencia de 26 de agosto de 2014, de prosecución de juicio oral y público efectuada dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Carlos Ignacio Rodolfo Ballivián Valdés se estableció que el inicio de la misma a horas 16:30, con la negativa del Presidente del Tribunal de Sentencia a conceder el carácter previo solicitado por parte del abogado –ahora accionante– manifestándole que: “siempre está poniendo carácter previo” (sic); y posteriormente, antes de su conclusión, una vez realizada la exposición del imputado –se produce el impase e intercambio de palabras con el Presidente del Tribunal– luego que, éste le conminó a que prosiga su declaración; interponiendo el abogado defensor carácter previo, que le fue negado; insistiendo posteriormente, una segunda, tercera y cuarta vez, en las que pidió carácter previo y reposición, en cuyo ínterin el Presidente pidió se llame a la fuerza pública a objeto de poner orden, siendo prevenido por dicha autoridad, dirigiéndose a los Jueces del Tribunal, advirtiéndole que: “la inconducta me da lugar a que yo deba disponer una medida de arresto del abogado por lo menos por ocho horas por su inconducta que cada momento nos viene atropellando que dicen ustedes, los señores jueces, les consulto” (sic), luego de lo cual, se constató que el mismo le instó a comportarse y a no provocar más dilaciones, con lo cual concluyó el acto procesal a las 18:10, después de efectuadas las intervenciones por parte de los Jueces Técnicos, Presidente y el acusador particular; observando en concreto que no se procedió a la detención ni arresto del abogado accionante (fs. 82 a 88 vta.).