SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2015-S1

Fecha: 22-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se encuentra privado de su libertad dos años y un mes, razón por la cual solicitó al Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, la cesación de la detención preventiva y la aplicación de medidas sustitutivas, en merito a lo establecido en el art. 239.3 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y sus modificaciones por la Ley 586 de 30 de octubre de 2014; corrido en traslado a las partes, solo contestó el Ministerio Público; ante tal situación, pidió al Juez de la causa se pronuncie resolución; sin embargo, el expediente en original fue remitido al Tribunal de alzada. Habiéndose acudido ante esa instancia, solicitó que el expediente sea devuelto al juzgado de origen; empero, hasta antes de presentar la acción no dieron curso a su reclamo, dejando su causa sin control jurisdiccional, contraviniendo el principio de celeridad y el debido proceso, retardando indebidamente la solución o respuesta a su derecho de petición.