Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2015-S1
Fecha: 22-Jun-2015
II.2.
II.2. Mediante acta de audiencia de consideración de apelación a la cesación de la detención preventiva de 15 de octubre de 2014, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz, emitieron votos contrarios, pues el Vocal Presidente considero inadmisible el recurso, confirmando la Resolución del Juez a quo; mientras que el otro Vocal decidió por la revocatoria y cesación a la detención preventiva (fs. 9 a 15).
- acción de libertad constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad
- III.2. La celeridad en las actuaciones de la administración de justicia
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR