Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2015-S1
Fecha: 22-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante considera lesionado su derecho a la libertad relacionado con el debido proceso; toda vez que, dentro del proceso penal que se sigue en su contra, solicitó la cesación a la detención preventiva, la cual fue rechazada por el Juez Quinto de Instrucción Cautelar en lo Penal del departamento de La Paz, ante lo cual interpuso recurso de apelación, donde los Vocales de la Sala Penal Segunda emitieron votos diferentes, por lo que convocaron al Vocal de la Sala Penal Primera a objeto de dirimir; sin embargo, hasta la fecha de presentación de esta acción no se hubiera emitido resolución.
- acción de libertad constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad
- III.2. La celeridad en las actuaciones de la administración de justicia
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR