Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2015-S1
Fecha: 26-Jun-2015
II.2.
II.2. El 29 de abril de 2014, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dictó la Resolución 053/2014, por la cual rechazó la demanda contencioso administrativa interpuesta por la Aduana Interior Cochabamba de la Aduana Nacional de Bolivia contra la Autoridad General de Impugnación dicha entidad fue notificada con la R.R.J STG.RJ/2168/2013 de 2 de diciembre, el 6 de ese mismo mes y año; sin embargo, la demanda fue presentada el 7 de marzo de 2014, vía fax, es decir cuando ya habían transcurrido noventa y un días (fs. 81).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo
- III.3.La acción de amparo constitucional en el Código Procesal Constitucional
- Se considera a este como un derecho fundamental ya que es importante para el ser humano acceder a la justicia,
- III.5. Análisis del caso concreto
- concedido