SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2015-S3

Fecha: 02-Jun-2015

Fragmento 2

Los claustros en la U.M.R.P.S.F.X.CH., se encontrarían regulados por el Estatuto Orgánico, el Reglamento del Claustro Universitario y -en su caso- por la convocatoria a Claustros Facultativos y de Carrera para la elección de Decanos y Directores de Carrera, emitida por Resolución Vicerrectoral 127/2014 de dicha Casa Superior de Estudios, norma que en el punto VI a.1) dispone que: “Todas las observaciones que se puedan formular en contra de los candidatos, deben estar acompañadas de la respectiva prueba documental para su presentación ante la Comisión Electoral hasta hrs. 18:00 del día viernes 12 de septiembre de 2014. Pasado el indicado término, serán rechazadas por extemporáneas” (sic).