Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2015-S2
Fecha: 19-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La representante del accionante denuncia que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Cochabamba -autoridades ahora demandadas-, procedieron a la anulación del Auto de 4 de diciembre de 2014, la que concedía la solicitud de cesación a la detención preventiva, causándole agravio y vulneración a sus derechos a la libertad de locomoción, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, por no expresar en la resolución que resuelve la apelación los fundamentos de hecho y de derecho que llevan a declarar la nulidad total del acta de dicha fecha.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El debido proceso y el procesamiento indebido en la acción de libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 10
- III.3. Análisis del caso concreto
- 3º Dejar sin efecto