SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2015-S3

Fecha: 22-Jun-2015

a)

Jorge Freddy Gutiérrez Ramos, Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, mediante informe escrito presentado el 17 de diciembre de 2014, cursante a fs. 19 y vta., manifestó que: a) El 4 del referido mes y año, el accionante presentó solicitud de cesación a su detención preventiva, conforme a lo establecido por el art. 239.2 y 3 del CPP, modificado por la ley de descongestionamiento y efectivización del sistema procesal penal, decretado en la misma fecha se determinó, se corra en traslado a las partes, quienes deberán responder en un plazo de tres días, notificándose a Juan Luis Alarcón Rosas (denunciante), Consejo de la Magistratura (victima), Dorian Jiménez (Ministerio Publico), María del Rosario Sardan, Mijaíl y Néstor Ramos y Deysi Choque (imputados); y, b) Las diligencias practicadas fueron arrimadas al cuaderno de control jurisdiccional, el 17 del indicado mes y año, siendo la última diligencia al Consejo de la Magistratura realizada el 15 del referido mes y año, estando vigente el plazo para la víctima, por lo que no se incumplió las normas señaladas.