Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0178/2015-RCA
Fecha: 01-Jul-2015
I.3. Petitorio
Solicitó se le conceda la tutela demandada, y se dejen sin efecto: el Auto Supremo 750/2014-RA, el Auto Supremo 058/2015, los Autos de 12 y 19 de noviembre de 2014 y el Auto de 2 de diciembre del mismo año, disponiendo se conceda la apelación de 7 de noviembre del referido año, se module el procedimiento para que se garantice su derecho al recurso, ordenando se remitan sus apelaciones interpuestas a la Sala Penal Segunda para que pronuncie Auto de Vista resolviendo su recurso de apelación contra la Resolución 85/2014.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedente
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- II.4. Análisis del caso concreto
- o cuando las vías idóneas pertinentes una vez agotadas, no han restablecido el derecho lesionado
- CONFIRMAR