AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2015-RCA

Fecha: 14-Jul-2015

a)

La línea jurisprudencial citada, estableció que es posible excluir de la citación con la acción de amparo constitucional a terceros interesados en dos situaciones: a) Cuando estos estén integrados con una gran cantidad de personas y ello impida la tramitación del amparo constitucional en un tiempo razonable, y b) Cuando no exista una previsibilidad de que los terceros interesados puedan aportar nuevas pruebas o argumentos relevantes al objeto procesal suficientes como para desvirtuar la demanda constitucional (las negrillas son nuestras).