DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2015

Fecha: 28-Jul-2015

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Las modificaciones y adecuaciones realizadas al proyecto de COM de Yotala, están específicamente referidas, conforme se estableció en la parte dispositiva de la DCP 0080/2015, a la incompatibilidad con los preceptos constitucionales siguientes: del preámbulo en la frase “…Constitución Municipal…” y la palabra “autonómicos” inserta en la frase “derechos y deberes autonómicos”; y de los arts.: 4 en la palabra “superior”; 8.II numerales 3 y 9; 9 en la palabra “autonómicos” del nomen iuris, del enunciado del parágrafo II y, del parágrafo IV; 10 en la palabra “autonómicos” del nomen iuris; 10 inc. h); 12.I en la frase “La jurisdicción territorial del sindicato agrario, comunitario, o junta vecinal, estarán dentro de la jurisdicción territorial del municipio”; 16.I; 21.III en la palabra “…para…”; 22.II y III.2 en la frase “…o el Reglamento General del Concejo Municipal”; 23 numerales 32 y 33; 31.I.1; 34 numerales 8 en la frase “…en los espacios de desecación” y 22 en la frase “… por sí mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y Departamental, de acuerdo a normativa Municipal”; 45 en la palabra “privadas” y la frase “siempre y cuando éstas no puedan ser prestadas mediante administración privada”; 46; 50.4 en la palabra “…antes…”; 50.7 y 8; 53.II en la frase “…la presente Carta Orgánica y la ley”; 54.4 en la frase “…hasta día antes de la elección”; 54.7, 8 y 9; 55.1; 60 en el nomen iuris y en la frase “…o no…”; 62.II.5; 63.I en la frase “…debiendo gozar de la aceptación de la sociedad civil del municipio”; 87.IV; 92.II en la frase “… el Artículo 297, parágrafo I, numeral 3, de…”; 93.I en la frase “…y fiscalizadoras”; 97.II en las palabras “…acreditara…” y “reconocimiento…”; 103 en la palabra “reconoce…”; 121 inc. e) en la frase “…y servicios locales sobre los de procedencia regional y nacional y el…”; 127; y, 129.II.