Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
demandando la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2 inc. e), 3 y 5 del Decreto Supremo (DS) 1802 de 20 de noviembre de 2013; artículo único del DS 1811 de 27 del mismo mes y año; art. “5” de la Resolución Ministerial (RM) 774/13 de 12 de diciembre d
Fecha: 21-Jul-2015
II.2.2.
II.2.2. Para una adecuada resolución, era indispensable hacer la distinción entre la figura jurídica del aguinaldo reconocidas en la Ley de 18 de diciembre de 1944 y de 11 de junio de 1947 con el beneficio previsto en el DS 1802 de 20 de noviembre de 2013, denominado “Segundo Aguinaldo ´Esfuerzo por Bolivia´”, con la finalidad de esclarecer si efectivamente este último se constituye en un derecho revestido de los principios de no regresividad o irreversibilidad.