Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2015-S3
Fecha: 06-Jul-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 6/2014 de 30 de diciembre, cursante de fs. 240 a 244 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Florencio Uzeda Chinuri por sí y en representación sin mandato del menor AA contra Alberto Uzeda Rodas, Wilson Uzeda Chinuri y María Velásquez Lovera.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR