SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2015-S1
Fecha: 10-Jul-2015
10 de marzo de 2014
No obstante la conciliación, el 10 de marzo de 2014, los mismos destruyeron parte de su cerca, chaquearon sus plantas, cerraron el camino con ramas, quemaron parte de la chacra de su propiedad, denunciando el hecho a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), sin que se haya reparado los daños; posteriormente el 10 de julio del mismo año, a horas 12:00 a 12:30 aproximadamente, mientras su nuera y familia se encontraban realizando trabajos agrícolas, continuaron las agresiones porque junto a otras personas no identificadas, ingresaron violentamente a la propiedad, habiendo presentado denuncia penal ante la Fiscalía al respecto, encontrándose la investigación en etapa preliminar; y en fecha 13 de enero de 2015, su yerna y sus hijos, se hallaban en la propiedad para terminar de sembrar maíz, sufrieron lesiones y otros delitos graves, causadas por Clotilde Rivera Alfaro e hijos, junto a Rufino Cruz y su madre, y otra persona quien decía ser ingeniero.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 10 de marzo de 2014
- contra sus nietos y su nuera
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- derecho a la vida
- Las pruebas que tenga en su poder
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR