SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2015-S3

Fecha: 01-Jul-2015

II.3.

II.3.   Mediante Auto - JDT - BENI 001/2014 de 24 de noviembre, se anula obrados hasta el momento de emitir la única citación a fin de poder notificar a ambas partes y llevar a cabo la audiencia de conciliación; esto en mérito a la presentación de un memorial por parte de la demandada, en el cual solicita la extensión de copias en caso de haberse realizado una denuncia en su contra, presumiéndose a partir de ello, el desconocimiento por parte de la demandada de los antecedentes ocurridos, circunstancia que según lo manifestado por el Jefe Departamental a.i. de Trabajo, Empleo y Previsión Social, hace necesario retrotraer el trámite referido (fs. 14).