SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0755/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0755/2015-S2

Fecha: 08-Jul-2015

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justica de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías a través de la Resolución 73 de 6 de enero de 2015, cursante de fs. 193 vta. a 195 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que en el plazo de tres días, los demandados desocupen el inmueble de propiedad de la accionante, bajo advertencia de que si no lo hacen en ese término, se librará mandamiento de desapoderamiento o en su caso deberá ser con ayuda de la fuerza pública; en base a los siguientes fundamentos: i) En la presente acción, cuando se denuncia avasallamiento, el tribunal tiene que analizar ciertos requisitos que debe acreditar la parte accionante para demostrar la procedencia de esta acción constitucional, como el derecho propietario del inmueble que dice ser propietaria, que fue avasallado y despojada; asimismo, demostrar las medidas de hecho, que el avasallamiento fue mediante la fuerza, con hechos de violencia, vía intimidación o agresión; ambos requisitos fueron cumplidos en el caso en análisis; ii) Se cuenta con la declaración de Justiniano Gutiérrez Vaca, quien reconoció que ingresaron al inmueble de manera ilegal, irregular y sin respetar los derechos de la accionante; y, iii) Hasta el presente los demandados no desocuparon el inmueble y se debe hacer respetar los derechos que están protegidos por la Constitución Política del Estado, en el caso concreto, el derecho a la propiedad, protegido por el art. 56 de la CPE, habiéndose constatado que el mismo fue vulnerado por los ahora demandados.