SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2015-S3
Fecha: 08-Jul-2015
II.2.
II.2. Cursa memorial presentado el 14 de abril de 2014, por el hoy accionante mediante el cual interpuso incidente de actividad procesal defectuosa ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Pando (fs. 75 a 79), el cual fue corrido en traslado por providencia de 15 de igual mes y año (fs. 80); de igual manera, planteó excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso (fs. 81 a 86 vta.), la que igualmente fue corrida en traslado a través de otro decreto de la misma fecha (fs. 87). Dichos traslados fueron respondidos por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando (fs. 88 a 90 vta. y de 91 a 93) y por el Ministerio Público (fs. 94 a 97 vta. y de fs. 98 a 100).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los presupuestos de activación de la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR