Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
II.1.
II.1. Por Resolución 161/2013 de 3 de junio, el Juez Decimocuarto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, calificó el proceso seguido por Luis Segundino Hermosa Rivera y María Sara Rodríguez de Hermosa contra Mario Alberto Rivera Sáenz -ahora accionante- como ordinario de hecho y fija los puntos de hecho que deben ser probados por las partes (fs. 13 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Revisión de actividad jurisdiccional de otros tribunales
- 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR