Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0787/2015-S2
Fecha: 15-Jul-2015
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución de 21 de enero de 2015, cursante de fs. 113 a 116 vta., pronunciada por la Jueza Segunda de Partido en lo Civil y Comercial de Yacuiba del departamento de Tarija; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho a la propiedad privada vinculados al avasallamientos de acuerdo a la Ley 477 de 30 de diciembre de 2013
- III.3. Sobre la simultaneidad de acciones establecida en el parágrafo III del art. 5 de la Ley 477
- III.4. Modulación de la línea en cuanto a avasallamientos
- III.5. Consolidación de línea y competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo