Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2015-S2
Fecha: 17-Jul-2015
II.14.
II.14. Auto de Vista 136 de 4 de septiembre de 2013, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que dispuso la nulidad del Auto Interlocutorio 123/2013, dictado por la Jueza Octava de Instrucción en lo Penal, ordenando la devolución del inmueble incautado (fs. 258).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiaridad,
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo