Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
I.1.3. Petitorio
Solicita la “procedencia” de la acción de libertad y en consecuencia se conmine a la Jueza ahora demandada al cumplimiento de sus obligaciones y que “inserte” en el expediente tanto el acta de audiencia como la Resolución 23/2015 de 21 de enero, correspondiente a su solicitud de cesación a la detención preventiva, restaurando así el principio de publicidad, para tener conocimiento de su detención y asuma defensa eficaz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- reparador
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- III.2.
- Fragmento 13
- CONFIRMAR