SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2015-S2

Fecha: 24-Jul-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 5 de octubre de 2014, en horas de la tarde, fue increpado en su domicilio por Gustavo Zamora, quien en compañía de dos efectivos policiales lo condujeron bajo amenazas a la Policía, donde fue interrogado y agredido física y psicológicamente por los efectivos policiales, obligándole a reconocer su autoría en el robo ocurrido en la casa de Gustavo Zamora, induciéndole a que implicara en el hecho a Wilder Mascaya García, a quien no conocía. Añade, que fue llevado a orillas del río Maniqui, donde Gustavo Zamora le amenazó con arma de fuego en presencia de los policías, quienes no hicieron nada, por el contrario le trataron con tanta violencia que atemorizado y casi en pánico se vio obligado a firmar contra su voluntad la entrevista policial en la que no tenía a su abogado ni estaba el Fiscal.

Señala, que posteriormente prestó su declaración ante el Fiscal de Materia, sometido a presión y amenazas por parte de funcionarios policiales, en contra de las recomendaciones de su abogado, de oficio reconoció haber participado en el robo de la casa de Gustavo Zamora, siendo que esos hechos jamás fueron de su autoría. Unos días después le sacaron de las celdas y llevaron a la Fiscalía, donde fue sometido a una nueva sesión de torturas a manos de funcionarios policiales quienes lo maltrataron de tal forma que nuevamente tuvo que ser atendido medicamente, esta vez conducido al Hospital de San Borja.

Aduce, que su vida se encuentra en peligro, conforme a los certificados médicos que adjunta, fue evaluado el 9 de octubre de 2014 por el médico interno de dicho nosocomio que diagnóstico la existencia de policontusiones y politraumatismos en su humanidad, por los golpes propinados por los policías; posteriormente fue evaluado por segunda vez el 21 de octubre de 2014 mostrando la existencia de policontusiones en diferentes partes de su cuerpo, especialmente en el tórax y costillas, lugares donde recibió los golpes, vulnerando sus derechos constitucionales y limitando sus posibilidades de defensa pese a encontrarse bajo tutela jurisdiccional del Juzgado Segundo de Instrucción Mixto y Cautelar de San Borja, autoridad que conoció sobre estos hechos y no le ha brindado mayor protección, como tampoco lo hizo el Ministerio Público.

Aduce que se encuentra ilegalmente perseguido, Gustavo Zamora además de señalarlo como autor del robo perpetrado en su casa, lo sacó por la fuerza de su domicilio para conducirlo a la Policía de San Borja, hecho registrado por los policías que atendieron el caso, quienes lo entrevistaron sin la presencia de su abogado, obligándole a declarar en su contra, amenazándole y golpeándole, incluso fue trasladado a la casa de su abuelo José Fernando Vargas, haciéndole cavar en diferentes lugares, indicando que ahí estaría enterrado el dinero supuestamente sustraído a Gustavo Zamora, sin que se encontrara nada. De igual forma, está indebidamente procesado toda vez que el Juez de la causa dispuso su ilegal detención sin prueba que demuestre fehacientemente que su persona es autor de ese ilícito e indebidamente privado de su libertad personal, no es factible que bajo el argumento de flagrancia puedan detenerlo y conducirlo a la Policía luego de catorce días de ocurrido el ilícito de robo agravado, sin prueba que demuestre su participación en los hechos.