AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2015-RCA

Fecha: 05-Ago-2015

I.2. Derecho supuestamente vulnerado

El accionante considera como lesionado su derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación y motivación, citando al efecto los          arts. 115.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).