AUTO CONSTITUCIONAL 0234/2015-RCA-BIS
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0234/2015-RCA-BIS

Fecha: 24-Ago-2015

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

La parte accionante a través de su representante, estima la vulneración de los derechos al debido proceso en sus elementos de valoración razonable de la prueba, a la defensa, a ser oído, a la congruencia, la aplicación objetiva de la ley procesal, a la petición, a la irretroactividad de la ley y a la igualdad entre las partes, citando al efecto los arts. 24, 115.II, 116, 119.I, 122, 123, 124, 178.I, 180.I y 410 de la CPE; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).