El suscrito Magistrado expresa la disidencia con la SCP 0792/2015-S1 de 27 de agosto, por lo que emite el presente voto disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.
Fecha: 27-Ago-2015
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
Determinado el objeto y causa de la presente acción, se tiene que la accionante denuncia que Hilarión Gutiérrez Roque, ahora demandado, de manera violenta, amenazando y agrediendo físicamente se constituyó en su lote de terreno donde tiene construidos muros y habitaciones que le sirven de vivienda a ella y a su familia, el mencionado junto a más personas realizaron varios daños a su propiedad a fin que ella desaloje el inmueble que le pertenece, posteriormente el mismo demandado y otras personas más le cortaron el suministro de agua potable, destruyeron nuevamente sus paredes y quitaron las puertas de su inmueble, días después la afectada consiguió que obreros de EPSAS vayan hasta su inmueble a fin de restablecerle el servicio básico, ocasión en la que el demandado por tercera vez vulneró sus derechos imposibilitando que se le reponga el abastecimiento de agua.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.1. Sobre el derecho a la propiedad
- registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros
- las vías de hecho
- II.3. Sobre el derecho a los servicios básicos
- II.3.1. De los hechos en controversia judicial o administrativa
- Fragmento 8
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Con relación a los fundamentos expuestos en la Sentencia Constitucional Plurinacional motivo de la disidencia
- III.3.2. Del caso analizado