SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2015-S1

Fecha: 27-Ago-2015

denegó

El Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 47/2014 de 19 de diciembre, cursante de     fs. 191 a 195, denegó la tutela solicitada con los siguientes fundamentos:     1) Teniendo conocimiento de los hechos sangrientos ocurridos el 14 y 15 de septiembre de 2014, en el Recinto Penitenciario de El Abra, donde fallecieron cuatro internos y once resultaron heridos, se realizó una investigación que dio a conocer que se estaría tramando un nuevo hecho delictivo, razón por la que se reunió el Concejo Penitenciario del señalado panóptico, disponiendo el traslado de varios internos, entre ellos Lindomar Bejarano Durán; 2) Los arts. 4 de la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal y 48 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), facultan al Director General de Régimen Penitenciario a disponer excepcionalmente el traslado de un privado de libertad de forma inmediata, cumpliendo con las notificaciones correspondientes, que en el presente caso el accionante se habría negado a firmar, remitiéndose posteriormente a la Jueza Segunda de Ejecución Penal del departamento de Cochabamba; 3) Si el impetrante de tutela no recibe visitas en el penal de San Pedro de La Paz, es porque su familia se encuentra en el exterior; en cuanto a su alimentación, existe una olla común para dar raciones; por lo que, no puede alegar que no se le habría dado de comer y estuviera corriendo peligro su salud y vida; y, 4) Lindomar Bejarano Durán se encontraba en el sector “La Grulla” por motivos de seguridad con la finalidad de garantizar su vida y su propia estabilidad.