SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2015-S1

Fecha: 27-Ago-2015

concedió

El Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 38 de 20 de diciembre de 2014, cursante de fs. 117 vta. a 121 vta., concedió la tutela, disponiendo se lleve a cabo la audiencia de medida cautelar señalada para el 23 de diciembre de 2015 a horas 15:30 y se efectué las notificaciones respectivas; determinación asumida bajo los siguientes fundamentos: a) Desde el 28 de octubre de 2014, se ha venido señalando audiencias de medida cautelar, las mismas que no han sido diligenciadas por el personal subalterno del Juzgado Décimo de Instrucción en lo Penal del mismo departamento, por lo que se evidencia la vulneración del principio de celeridad, y no los otros derechos denunciados, dado que existe un control jurisdiccional; y, ii) Se advierte el señalamiento de audiencia de medida cautelar para el 23 de diciembre del mismo año a horas 15:30, por la cual se conminó la asistencia del Fiscal de Materia; siendo así, en ese acto procesal corresponderá a la Jueza de la causa resolver la situación jurídica de la accionante, conforme el Auto de Vista emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal departamental de Justicia de Santa Cruz, no pudiendo el Juez de garantías, valorar los aspectos que están en el ámbito de la jurisdicción ordinaria.