Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2015-S3
Fecha: 10-Ago-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 006/2015 de 13 de febrero, cursante de fs. 13 a 14, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Rolando Jorge Magne Calle y Erick Iván Butrón Jaldin en representación sin mandato de Eloy Catari Romero contra Sara Susana Céspedes Sempertegui, Jueza Primera de Instrucción, Anticorrupción y Violencia contra la Mujer del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2.
- La aplicación de una medida o medidas más graves que la solicitada e incluso la detención preventiva
- CONFIRMAR