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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2015-S2

    Fecha: 12-Ago-2015

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El accionante estima que la autoridad demandada, vulneró su derecho a la petición; por cuanto, la petición formulada mediante memorial presentado el 9 de enero de 2015, conteniendo cinco puntos específicos, pese a existir una petición expresa para resolver el petitorio inicial, no mereció respuesta alguna.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  El derecho de petición
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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