Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2015-S3
Fecha: 19-Ago-2015
II.2.
II.2. Mediante memorial presentado por la hoy demandada el 12 de febrero de 2015, dentro de la investigación precedentemente señalada, se informó al Juez Decimoprimero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, la ampliación de la denuncia y la complementación de las investigaciones contra Rogelio Vela Ramos y los hoy accionantes, por la presunta comisión de los delitos de uso de instrumento falsificado y falsedad material (fs. 85 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR