Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0867/2015-S2
Fecha: 27-Ago-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante considera lesionados sus derechos a la libertad física, al debido proceso, a la defensa y a la impugnación, citando al efecto los arts. 23, 115, 117, 119.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); 3 y 9 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 1 y 8; de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 9 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Político (PIDCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- III.2. De la exigencia de notificaciones efectivas
- Fragmento 13
- III.4. Procesamiento indebido
- Fragmento 15
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo