SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0876/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0876/2015-S2

Fecha: 27-Ago-2015

III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho

Dentro de la clasificación doctrinal del habeas corpus -ahora acción de libertad- se encuentra la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, que implícitamente está inserta en el art. 125 de la CPE y ha sido definida por la SC 0044/2010-R de 20 de abril, en los siguiente términos: “(…) se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad.”.