SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0879/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0879/2015-S2

Fecha: 27-Ago-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Que el 19 de julio de 2012, el Ministerio Público presentó imputación formal contra Mario Adel Cossío Cortez, por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito previsto y sancionado por los arts. 25 inc. 2) y 27 de la Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, de 31 de marzo de 2010, con una serie de irregularidades, una de ellas sustentada en la aplicación retroactiva de la ley penal sustantiva; por lo que el 2 de diciembre de 2013, el ahora accionante, interpuso incidente de nulidad que fue declarado improbado por la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal del departamento de Tarija, mediante Auto de 27 del mismo mes y año.

Ante dicha Resolución, el 31 de diciembre de 2013, presentó recurso de apelación incidental que fue resuelto por los Vocales demandados confirmando la Resolución impugnada mediante Auto de Vista 84/2014 de 9 de junio, con los mismos argumentos que utilizó la Jueza a quo, sobre la base de un incorrecto análisis de la jurisprudencia constitucional respecto a la irretroactividad de la ley penal y con relación a los “delitos permanentes” (sic), dando lugar a la vulneración de las garantías constitucionales y los derechos fundamentales.