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    AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2015-RCA

    Fecha: 08-Sep-2015

    Fragmento 1

    En revisión la Resolución de 30 de julio de 2015, cursante de fs. 116 a 117 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jaime Abraham Córdova Ramos en representación legal de Jesús Eliseo Mérida contra Gualberto Terrazas Ibañez y Lineth Marcela Borja Vargas, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, Luis Muñoz Singuri, Juez de Partido en lo Civil y Comercial de Sacaba del mismo departamento.

    • Fragmento 1
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • improcedencia
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • en todo recurso de amparo que se derive de un proceso judicial o administrativo, en el que una de las partes demande al juez, Tribunal u órgano administrativo por lesión a algún derecho fundamental o garantía constitucional, supuestamente generada en el proceso principal, se debe hacer conocer, mediante la notificación pertinente, a la otra parte -que adquiere la calidad de tercero interesado-
    • la intervención de un tercero interesado en las acciones de defensa, vienen a precautelar derechos de quién tiene un interés legítimo en la acción tutelar
    • Fragmento 8
    • II.3.    Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • 2°              Disponer

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