AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2015-RCA

Fecha: 30-Sep-2015

Fragmento 10

Finalmente, la parte accionante identificó a los terceros interesados; es así que, el Tribunal de garantías, conforme al principio pro actione que se encuentra directamente vinculado al principio de favorabilidad junto a los derechos a la tutela judicial efectiva y al acceso a la justicia constitucional; debió observar en un primer momento todos los aspectos antes referidos y obrar con premura, haciendo prevalecer más la justicia que cualquier formalismo extremo que obstaculice y obstruya una tutela constitucional efectiva. Por consiguiente, dicho Tribunal no procedió conforme al trámite procesal descrito en el Fundamento Jurídico II.2 del presente Auto Constitucional; por consiguiente, se desvirtúa la Resolución del Tribunal de garantías; correspondiendo verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión de la presente acción.