Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2015-RQ
Fecha: 09-Sep-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena, en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 27.III del Código Procesal Constitucional, resuelve: CONFIRMAR el AC 0213/2015-CA de 5 de junio a través del cual la Comisión de Admisión de este Tribunal rechazó el recurso directo de nulidad interpuesto por Franklin Pantaleón Calahuara Morales, Eduardo Cáceres Cruz, María Eugenia Choque Choqueticlla y María Angélica Achá Colque contra Lucio Fuentes Hinojosa, Magistrado del Tribunal Agroambiental.
- I.1. Rechazo del recurso directo de nulidad por la Comisión de Admisión
- I.2. Síntesis de la solicitud de parte
- II.1. El recurso de queja consagrado en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 4
- II.2. Análisis del recurso de queja presentado
- no puede ser considerado como un medio supletorio o alternativo a los recursos o mecanismos de impugnación previstos en la ley
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