AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2015-RQ
Fecha: 09-Sep-2015
I.2. Síntesis de la solicitud de parte
Notificados los recurrentes con el AC 0213/2015-CA a horas 08:26, del 15 de julio de 2015 (fs. 82); mediante memorial de 20 de igual mes y año, cursante de fs. 84 a 92 vta. , presentado por éstos -excepto Gaby Mamani Callata-, formularon recurso de queja contra el señalado Auto Constitucional, solicitando sea revocado y se disponga la admisión del recurso directo de nulidad, alegando los siguientes fundamentos:
El Auto Constitucional recurrido en queja, adolece de “…incongruencia y falta de motivación…” (sic), al argumentar el rechazo en la competencia atribuida a la Sala Plena del Tribunal Agroambiental, cuando del análisis y lectura del recurso directo de nulidad interpuesto, éste radica en que, el Instructivo cuestionado se basa en normas no vigentes.
- I.1. Rechazo del recurso directo de nulidad por la Comisión de Admisión
- I.2. Síntesis de la solicitud de parte
- II.1. El recurso de queja consagrado en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 4
- II.2. Análisis del recurso de queja presentado
- no puede ser considerado como un medio supletorio o alternativo a los recursos o mecanismos de impugnación previstos en la ley
- CONFIRMAR