Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado expresa el voto aclaratorio a la DCP 0183/2015 de 22 de septiembre, correlativa a la DCP 0096/2015 de 8 de abril, en virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en relación a los siguient
Fecha: 22-Sep-2015
Sujeción a la Constitución Política del Estado
El suscrito Magistrado expresa el voto aclaratorio a la DCP 0183/2015 de 22 de septiembre, correlativa a la DCP 0096/2015 de 8 de abril, en virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en relación a los siguientes artículos: 1 (Sujeción a la Constitución Política del Estado); 44 (Licencia y suplencia de las concejalas y los concejales); 71 antes 70 (Elección de concejalas y concejales); 174.11 (Mecanismos de participación y control social); 176.II y III; (Espacios de participación y control social en la planificación, seguimiento, evaluación); y, 177.II (Recursos para el control social); de acuerdo a los siguientes argumentos:
- Sujeción a la Constitución Política del Estado
- a)
- II.1. El nuevo modelo de Estado Plurinacional con Autonomías
- 1)
- II.2. Sujeción de la Carta Orgánica Municipal a la Constitución Política del Estado
- II.
- III.1. Respecto al art. 1 sobre declaración de sujeción a la Constitución Política del Estado
- III.2.
- La conciencia a su identidad indígena o tribal deberá considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que aplican las disposiciones del presente Convenio
- Fragmento 10