SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2015

Fecha: 30-Sep-2015

Artículo 28 (Reincidencia de incumplimiento).

Artículo 28 (Reincidencia de incumplimiento). A los contribuyentes, Agentes de Retención, Percepción e Información que incumplan de forma continua o discontinua por 3 veces o más los deberes formales referidos a la presentación de información establecida en el Anexo consolidado de la presente Resolución, al momento que soliciten la dosificación de facturas, se les comunicará que en el plazo máximo de 30 días calendario deben regularizar la presentación de la información, otorgándoles una dosificación mínima, ante su inobservancia será suspendida su autorización de dosificación de facturas”.