SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2015-S1

Fecha: 04-Sep-2015

a)

El representante del accionante, ratificó lo señalado en el memorial de demanda y complementándolo manifestó que: a) La esposa de Gualberto Ramos Rodríguez, de manera verbal y escrita solicitó a la Trabajadora Social emitir un informe que le permita a este salir del nosocomio y que se realice un plan de pagos; y, b) Existe uniforme jurisprudencia constitucional en sentido de que las obligaciones patrimoniales cuentan con la vía civil a efectos de su cumplimiento y que no es permitido a ningún centro hospitalario retener a un paciente a efectos de                                     obligarle a cubrir los gastos por los servicios médicos prestados, siendo los fallos constitucionales vinculantes y de cumplimiento obligatorio.