SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2015-S1

Fecha: 04-Sep-2015

Nadie será detenido por deudas

Asimismo, los instrumentos de carácter internacional, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su art. 7.7, dispone que: "Nadie será detenido por deudas. Este principio no limita los mandatos de autoridad judicial competente dictados por incumplimiento de deberes alimentarios" (las negrillas nos corresponden).