SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2015-S1
Fecha: 04-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Sonia Flores Mayta, denuncia que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la libertad, dignidad, acceso a la justicia, debido proceso y a la tutela judicial efectiva, al rechazar el incidente de extinción de la acción penal con alternativa de conciliación planteado por su parte, sin ni siquiera escuchar sus alegatos, de forma injustificada y malsana demostrando abiertamente la animadversión que le tienen, desconociendo lo establecido en los arts. 27 inc. 6), 326, 327, 328 del CPP, modificado por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, y, 40.17 y 64 de la LOMP, generando una situación inapelable por el daño inminente que se le ocasiona.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
- La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, b) Como segundo requisito; el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones jurisdiccionales; o, la presencia de indefensión absoluta
- III.2.
- REVOCAR