SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2015-S1

Fecha: 14-Sep-2015

1)

La accionante mediante su abogado se ratificó en el contenido del memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo expresó: 1) La relación laboral es continuada por casi cinco años, la Ley General del Trabajo dice que no se puede cubrir la misma con otro tipo de contratos para actividades propias de la institución; 2) La Ley de Municipalidades señala que los contratos eventuales son para cubrir a personas con baja médica y vacaciones; 3) Al ser madre de dos niños con discapacidad es beneficiada con la inamovilidad laboral; y, 4) El despido de su fuente laboral es un atentado a la salud de sus hijos debido a que ellos dependen de ese seguro.