SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2015-S1
Fecha: 14-Sep-2015
i)
Por su parte Renzo Estévez Saldaña, Fiscal de Materia, en audiencia señaló que: i) Se planteó una acción libertad totalmente equivocada porque supuestamente se estaría atentando a la libertad del accionante por una falta de notificación en la proposición de un perito, acciones que deben ser resueltas por el controlador jurisdiccional; es decir que la autoridad deberá responder o sacar una resolución afectando o modificando los actos investigativos; ii) Existe una Resolución que declaró improbado el incidente presentado por defectos absolutos ante esto se planteó una apelación que está por resolverse, no se mencionó que se realizó una imputación formal con la que se notificó a las partes y en la que se solicitaron medidas cautelares; consecuentemente, la autoridad jurisdiccional fijo audiencia donde no se hizo presente la parte accionante, debido a lo cual se lo declaró rebelde; y, iii) De acuerdo a la aplicación de la norma procesal boliviana es facultad del Juez jurisdiccional, emitir mandamiento de aprehensión para que pueda ser conducido y se realice la citada audiencia y no necesariamente para que sea detenido, por los motivos expuestos solicitó se deniegue la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- estos hechos controvertidos que evidentemente vulneran los derechos fundamentales y garantías constitucionales de mi esposo (Marcial Orelllana) están plasmados literalmente en el cuadernillo de investigación y cuaderno procesal
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ;
- III.2.
- III.3. La aprehensión por declaratoria de rebeldía
- La declaratoria de rebeldía procede cuando el imputado no comparece sin causa justificada ante la autoridad jurisdiccional, pese a que fue legalmente citado, pudiendo dicha autoridad dejar sin efecto la misma, una vez que el rebelde comparezca; ello implica que, la finalidad del mandamiento de aprehensión emitido ante la incomparecencia del imputado, es aprehender al rebelde y llevarlo ante la autoridad judicial para que ésta defina su situación jurídica”
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR